Son facultades y obligaciones de la Dirección de Fortalecimiento al Bachillerato, las siguientes:
I. Promover la vinculación de las unidades académicas del nivel medio superior con las dependencias de la Universidad y con otras instituciones de educación superior;
II. Impulsar acciones encaminadas al fortalecimiento y desarrollo de los programas de extensión y difusión de la cultura del nivel medio superior;
III. Contribuir en la ejecución de estrategias y programas para el fortalecimiento y modernización de la educación media superior acorde con las necesidades académicas;
IV. Desarrollar programas y políticas de planeación estratégica institucional, encaminadas al cumplimiento de los fines de la educación media superior;
V. Promover acciones tendientes a la actualización, instrumentación y evaluación del currículo de la educación media superior;
VI. Proponer programas de educación continua, abierta y a distancia del nivel medio superior;
VII. Diseñar y dar seguimiento a los programas de formación, capacitación y actualización del personal académico del nivel medio superior;
VIII. Promover actividades académicas que contribuyan a la integración de las unidades académicas del nivel medio superior;
IX. Fomentar la investigación educativa en el nivel medio superior con base en indicadores para incidir en proyectos de mejora de dicho nivel con proyección al ingreso al nivel superior;
X. Administrar, acorde con las disposiciones legales aplicables, los recursos humanos, financieros y materiales que le sean asignados, y
XI. Las demás que le confiera la normatividad aplicable.